REQUISITOS
1. Que la vivienda se encuentre localizada en un barrio legalizado urbanísticamente.
2. Que la vivienda se haya construido sin licencia.
3. Predios que pertenezcan a los estratos 1 y 2.
4. Que el avalúo catastral de la vivienda de interés social no supere los 150 salarios mínimos.
5. Que la vivienda no se encuentre en una pendiente natural mayor a 30 grados.
6. Que su construcción haya sido culminada antes del 2012 (Ley 1848 de 2017).
7. Lo anterior aplica para viviendas entre 1 y 2 pisos. Si la vivienda es mayor a dos (2) pisos, necesitará de insumos adicionales (estudios de suelos y estudio estructural suministrados por el beneficiario).
